"Hacia una modernización laboral sostenible:
El aporte técnico de ACEPAR sobre el "Artículo 44"
Hernán Andreadakis
2/18/20263 min read


"Hacia una modernización laboral sostenible: El aporte técnico de ACEPAR sobre el Artículo 44"
Comunicado de ACEPAR: Nuestra posición sobre el Articulo 44 de la modernización laboral
Estimados miembros de nuestra comunidad,
Desde ACEPAR, seguimos de cerca cada cambio legislativo que pueda afectar la calidad de vida de quienes convivimos con el Parkinson. Por eso, hemos analizado minuciosamente el texto del Artículo 44 que recientemente regresó al Congreso.
Nuestra mirada es clara: consideramos que este artículo, de haberse aprobado, representaba un retroceso muy preocupante para la seguridad social y un golpe directo al bienestar de nuestra comunidad en Argentina. A continuación, les compartimos los puntos que fundamentan nuestra preocupación y por qué defendemos la protección de nuestros derechos:
El castigo a la "Recidiva": Una condena a la cronicidad
El texto proponía que la reaparición de una enfermedad crónica no se considerara como una "nueva enfermedad" a menos que pasaran dos años entre un episodio y otro.
Impacto en el Parkinson: Como sabemos, el Parkinson es una condición crónica y progresiva. Las fluctuaciones motoras o complicaciones no responden a calendarios fijos ni esperan dos años para manifestarse; son parte de una evolución constante que requiere atención continua.
Consecuencia: Bajo esta norma, un trabajador podría agotar sus meses de licencia paga rápidamente. Ante una recaída natural de la condición antes de los dos años, quedaría sin percibir su sueldo, en una situación de total desamparo justo cuando más necesita cubrir tratamientos y medicación.
2. La reducción salarial al 75% o 50%
La reforma buscaba perforar el piso histórico del 100% del salario durante las licencias médicas.
Impacto en el Parkinson: Convivir con Parkinson implica afrontar gastos extraordinarios en fármacos de alta complejidad, terapias de rehabilitación y asistencia especializada.
Nuestra postura: Reducir los ingresos al 75% (o incluso al 50% en ciertos casos) es empujar al paciente a una situación de vulnerabilidad económica crítica. Es una medida regresiva que ignora el principio de proteger siempre la salud del trabajador.
La ambigüedad de la "Actividad de Riesgo"
El artículo mencionaba que si la incapacidad derivaba de una "actividad voluntaria y consciente de riesgo", el pago bajaba al 50%.
El peligro: Esta redacción es sumamente ambigua. Nos preocupa que un empleador pudiera alegar, por ejemplo, que una caída en la vía pública fue un "riesgo asumido" por el paciente debido a su condición. Esto abre una puerta peligrosa a la discriminación, la judicialización y el maltrato laboral.
Desde ACEPAR, apoyamos la necesidad de una modernización que impulse la productividad y el crecimiento de la Argentina. Entendemos que reglas claras son la base de una economía sana. En ese camino, valoramos la decisión del Gobierno Nacional de revisar el Artículo 44, demostrando una escucha activa hacia los sectores técnicos.
Nuestra mirada no es confrontativa, sino estrictamente profesional y constructiva. Consideramos que para que una reforma laboral sea exitosa y duradera, debe garantizar la seguridad jurídica tanto para el empleador como para el trabajador con patologías crónicas, evitando así una futura judicialización que afecte a las empresas.
Por ello, ponemos a entera disposición de las autoridades y de las cámaras legislativas a nuestros equipos técnicos, médicos y legales. Queremos ser una fuente de consulta permanente para:
Aportar datos precisos sobre la evolución de enfermedades neurodegenerativas.
Colaborar en la redacción de normativas que equilibren la eficiencia operativa con la realidad biológica de los trabajadores.
Brindar soluciones técnicas que permitan modernizar el mercado de trabajo sin generar vacíos legales en el sistema de salud.
ACEPAR se ofrece como un colaborador estratégico para que la modernización laboral argentina sea un modelo de equilibrio y excelencia técnica.


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